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El propio verdugo reconoció su error craso

La presente nota es de la autoría de José Emir Hinestroza Cossio:
"Pese a que demasiado tarde para detener los daños ocasionados, después de más de ocho (8) años largos de montaje por parte del órgano de control fiscal en el Chocó (con la complicidad de sus superiores en Bogotá, y a costa de sufrimientos y desvelos míos y de mi familia), por fín cansados de prevaricar dolosamente han dado cumplimiento a los mandatos de la Niña de la Justicia 
(Constitución Política de Colombia) en sus artículos 15 y 85; norma superior violada inmisericordemente, porque les dio pena seguir transgrediendo la Norma de Normas y sus leyes de gradación normativa; como manuales de funciones y reglamentos (Artículos 84 y 123 constitucionales), sin que nadie en órganos de control y judiciales pusiera fin a esas tropelías que se cometieron conmigo; conllevando al malestar en todo sentido a mi familia, a la cual arrastré con mi problema no creado por mí, a la que hicieron sufrir todo ese tiempo. Me pregunto que dirá ahora la Justicia de lo contencioso-administrativo, que con sus actuaciones amañadas, fuera de normas generales y de gradación normativa, protegieron a unos delincuentes con patente de corso, aun a costa de fracturar y violar la Carta Magna de Colombia en muchos de sus mandatos.

El día siete (7) de julio del año 2016, a las nueve de la mañana, en las propias instalaciones de la Contraloría General de la República, Delegada para el Chocó, me notifico del archivo definitivo de los falsos positivos (Resolución 80273-011 del 23 de junio del 2016); amparados y protegidos por órganos de control y judicial (incluye altos Tribunales de Colombia y del Chocó; al igual que la Judicatura en sus diferentes instancias, órganos corruptos que hasta el día de hoy dejan FENECER deliberadamente mis denuncias y quejas debidamente soportadas con elementos materiales probatorios; lastimosamente ignorados en todos los estadios, lo que los hace acreedores a ser PREVARICADORES DOLOSOS, por que conocían la verdad mostrada, sin temor alguno de falsa denuncia, injuria, calumnia o temeridad (Artículos 67, 68 y 69 del Código Penal Colombiano), pero por desgracia ignorados; cosa que los hace acreedores de que la parte punitiva de las penas les caiga; y a que a mi familia y a mí como víctima directa se le resarzan los daños causados; porque mi persistencia y la seguridad de mi inocencia han dado los frutos que hay que cosechar. Sépase que el fallo que me ha favorecido implica que se acaba el tormentoso embargo de mi habitación conseguida luego de muchos años de trabajo honesto y con entrega; e igualmente, me restituyen el poder de contratación y empleo con el Estado. De todos modos, debo señalar que mi personalidad no me da para guardarles rencor a quienes contra mí se ensañaron, en medio de una carnicería feroz e inhumana, como si fuera yo el enemigo público número 1 de la Humanidad; sino, que todo lo dejo en manos de Dios, y que sea Él quien disponga de acuerdo con su sagrada voluntad... Mando un caluroso abrazo de gratitud a quienes, de una u otra manera, fueron solidarios conmigo y con los míos en los largos tiempos de amarguras y mancillamientos que me acompañaron; no dejando de recomendarles que no dejemos de luchar cuando la verdad esté en nuestras conciencias, verdad que hay que defenderla en todo momento. No traguemos entero cuando nos preñen de atropellos.

JOSÉ EMIR HINESTROZA COSSIO
C. C. No. 11 786 708
La víctima de una carnicería que a Dios gracias ha cesado.

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